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5.-
TÉCNICAS DE ENJUICIAMIENTO
5.1.-
FACTOR DE REFRACCIÓN
Denominamos
factor de refracción a un efecto
producido por una peculiar estructura
de la pluma y consistente en una potenciación
de la luminosidad del lipocromo de
fondo. Así, los ejemplares
de fondo amarillo, adquieren una tonalidad
"amarillo limón",
mientras que en los canarios de fondo
rojo, se hace más difícil
su percepción.
Hay que hacer notar que el factor
de refracción puede aparece
en todos los ejemplares y está
estrechamente ligado a la mayor o
menor presencia de feomelanina.
El factor de refracción es
un carácter acumulativo, por
lo que frecuentemente los ejemplares
únicamente presentan un cierto
grado de factor de refracción,
y solo lo poseen al cien por cien,
aquellos en los que falta totalmente
la estructura feomelánica.
5.2.-
EQUIPOS, GENERALIDADES
Podrán
formar equipo ( estándar) cuatro
ejemplares jóvenes del mismo
criador, que sean del mismo tipo,
variedad y categoría. En el
caso de los rubinos y de los mosaicos
deberán, ser también
del mismo sexo.
Los puntos de adjudicación
por "armonía" se
deducirán restando al máximo
de 6 puntos la diferencia de los existentes
entre el ejemplar más puntuado
y el menos.
Ejemplos:
-
86 85 83 89 Diferencia entre 83
y 89 = 6 armonía = 0 puntos.
-
86 85 83 88 Diferencia entre 83
y 88 = 5 armonía = 1 puntos.
-
85 86 83 87 Diferencia entre 83
y 87 = 4 armonía = 2 puntos.
-
84 86 87 86 Diferencia entre 84
y 87 = 3 armonía = 3 puntos.
-
86 87 88 86 Diferencia entre 86
y 88 = 2 armonía = 4 puntos
-
88 89 88 88 Diferencia entre 88
y 89 = 1 armonía = 5 puntos.
-
89 89 89 89 Diferencia entre 89
y 89 = 0 armonía = 6 puntos
En caso de que la diferencia entre
el pájaro más puntuado
y el que menos fuese superior a 6
puntos, se adjudicará 0 puntos
de armonía.
5.3.-.-
DESEMPATES DE INDIVIDUALES
En el caso de
empate de dos o más ejemplares,
estos serán desempatados otorgándole
el primer lugar al ejemplar que posea
la puntuación más alta
en el primer apartado de la planilla.
En caso de persistir el empate se
tomará la puntuación
del segundo apartado y así
sucesivamente. En el caso de dos pájaros
empatados en todos sus apartados,
se faculta al Colegiado a decidir
cual de ambos debe ganar, lo cual
debe hacerse patente en la planilla.
5.4.-.-
DESEMPATE DE EQUIPOS
En el caso de
que dos equipos estuviesen empatados
en su puntuación final, se
otorgará el primer lugar al
equipo que alcance mayor puntuación
sumando en horizontal las cuatro puntuaciones
correspondientes al primer apartado
de la planilla. Si persistiese el
empate, se procederá con el
segundo apartado y así sucesivamente.
Si ambos equipos estuviesen empatados
totalmente, queda facultado el Colegiado
para adjudicar el premio a uno u otro
equipo, lo cual deberá hacerlo
constar en la planilla.
5.5.- NORMAS DE ACTUACIÓN ANTE LA
CONSTATACIÓN DE UN FRAUDE
-
Ante la constatación
de un fraude, por ejemplo un color
falsificado en las plumas, patas
pico, dedos o uñas, etc...
el Colegiado procederá
de la siguiente forma:
-
Hará comprobar el fraude
al Presidente del jurado y al
Director de la Organización
del Concurso.
-
Tomará debida nota del
nombre, dirección y demás
datos del concursante, así
como del número de jaula,
de la denominación del
ejemplar, del número de
anilla y de la naturaleza del
fraude.
-
Hará firmar la planilla
al Presidente del Jurado y a los
demás Colegiados de la
especialidad.
- Efectuará
una copia o mejor fotocopia de
la planilla y la enviará
al Presidente del Colegio de Jueces
a través del Delegado de
Zona correspondiente.
MOTIVOS
DE DESCALIFICACIÓN.-
5.6.-
DESCALIFICACIÓN DE EJEMPLARES
INDIVIDUALES :
-
Por presentar claramente aspectos
fenotípicos de pertenecer
a otras razas, postura u otros
diferentes de los canarios de
color o por presentar claramente
ascendencia de hibridación
con otras razas o especies diferentes.
-
Por presentar el ejemplar más
de una anilla.
-
Por marcas o señales en
la jaula que distingan al ejemplar
-
Por presentar amputaciones en
cualquier parte de su anatomía,
totales o parciales; dedos, uñas,
pico etc.
-
Por presentar defectos físicos
patentes, así como por
la presencia de bultos, quistes
etc. En cualquier parte de la
anatomía del ejemplar.
-
Por presentar de forma clara ausencia
de plumas, en cualquier parte
o zona, aun cuando dicha ausencia,
fuese debida a procesos de muda.
En cualquier caso, la dotación
de plumas en alas y cola deberá
ser siempre completa y en su defecto
el ejemplar deberá ser
descalificado.
-
Cualquier manipulación
patente del ejemplar, tendente
a ocultar defectos o a mejorar
características del mismo
y sin perjuicio de terceras actuaciones
por intento de fraude.
-
Por presentar síntomas
claros de enfermedad o estados
patológicos .
-
Aquellos ejemplares que no siendo
de "factor rojo", presenten
zonas pigmentadas o clara tendencia
a el "factor rojo".
-
Aquellos ejemplares Melánicos
que presenten plumas lipocrómicas,
así como los que presenten
puntos de desmelanización
en parte de alguna pluma aun
cuando esta, no sea completa y
por muy sutil y escasa que resulte.
-
Aquellos ejemplares lipocromicos
que presenten plumas o manchas
melánicas en cualquier
parte,por muy sutil y escasa
que resulte y siempre que sean
visibles.
-
Aquellos ejemplares que
debiendo presentar sus patas y
pico negros, tengan uñas
o manchas claramente desmelanizadas;
igualmente los que deviendo presentarlos
claros muestren presencia de melanina
.
-
Por presentar defectos físicos
patentes, así como por
la presencia de bultos, quistes
etc. En cualquier parte de la
anatomía del ejemplar.
-
Aquellos ejemplares que presenten
superposición de características
de variedad o posean más
de una (por ejemplo: Pastel
+ Satiné, Opal + Satiné
etc.)
5.7.-DESCALIFICACIÓN
DE EJEMPLARES EQUIPOS :
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